|
Recomendaciones
para orientar a los médicos en la investigación biomédica con
seres humanos Adoptadas por la 18a Asamblea Médica Mundial Helsinki,
Finlandia, junio de 1964 y enmendadas por la 29a Asamblea Médica
Mundial Tokio, Japón, octubre de 1975, por la 35a Asamblea Médica
Mundial Venecia, Italia, octubre de 1983 y por la 41a
Asamblea Médica Mundial Hong Kong, en septiembre de 1989
Introducción
Principios Básicos
Investigación Clínica
Investigación Biomédica
INTRODUCCION
Es misión del médico proteger
la salud de la población. Sus conocimientos y conciencia están
dedicados al cumplimiento de esa misión.
La Declaración de Ginebra de
la Asociación Médica Mundial compromete al médico con las palabras
"La salud de mi paciente será mi primera consideración", y el
Código Internacional de Etica Médica declara que "Un médico debe
actuar sólo en el interés del paciente al proporcionar atención
profesional que pudiese tener el efecto de debilitar el estado
físico y mental del paciente".
El propósito de la investigación
médica con seres humanos debe ser mejorar los procedimientos diagnósticos,
terapéuticos y profilácticos y la comprensión de la etiología
y la patogénesis de la enfermedad.
En la práctica médica actual la mayor parte
de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y profilácticos
involucran riesgos. Esto se aplica especialmente a la investigación
biomédica.
El progreso de la medicina
se basa en la investigación, la que en último término, debe cimentarse
en parte en la experimentación en seres humanos.
En el campo de la investigación
biomédica debe reconocerse una distinción fundamental entre la
investigación médica cuyo objetivo es esencialmente diagnóstico
o terapéutico para el paciente, y la investigación médica cuyo
objetivo esencial es puramente científico y no representa un beneficio
diagnóstico o terapéutico directo para la persona que participa
en la investigación.
Durante el proceso de investigación,
deben considerarse especialmente los factores que puedan afectar
al medio ambiente, y debe respetarse el bienestar de los animales
utilizados con fines de investigación.
Dado que es esencial que los
resultados de los experimentos de laboratorio se apliquen a seres
humanos a fin de ampliar el conocimiento científico y así aliviar
el sufrimiento de la humanidad, la Asociación Médica Mundial ha
redactado las siguientes recomendaciones para que sirvan de guía
a cada médico que realiza investigación en seres humanos. Estas
deben someterse a futuras revisiones. Hay que hacer hincapié en
el hecho de que las normas tal como están redactadas son sólo
una forma de orientación para los médicos de todo el mundo. Ellos
no están exentos de las responsabilidades criminales, civiles
y éticas en virtud de las leyes de su propios países.
Ir
al principio
I. PRINCIPIOS
BASICOS
1. La investigación biomédica
en seres humanos debe atenerse a principios científicos generalmente
aceptados y debe basarse tanto en experimentos de laboratorio
y con animales, realizados en forma adecuada, como en un conocimiento
profundo de la literatura científica pertinente.
2. El diseño y la ejecución
de cada procedimiento experimental en seres humanos deben formularse
claramente en un protocolo experimental que debe enviarse a un
comité independiente debidamente designado para su consideración,
observaciones y consejos. Dicho comité debe ajustarse a las leyes
y regulaciones del país en que se lleva a cabo la investigación.
3. La investigación biomédica
en seres humanos debe ser realizada sólo por personas científicamente
calificadas y bajo la supervisión de un profesional médico competente
en los aspectos clínicos. La responsabilidad por el ser humano
debe siempre recaer sobre una persona medicamente calificada,
nunca sobre el individuo sujeto a la investigación, aunque él
haya otorgado su consentimiento.
4. La investigación biomédica
en seres humanos no puede realizarse legítimamente a menos que
la importancia del objetivo guarde proporción con el riesgo inherente
para la persona que toma parte en ella.
5. Todo proyecto de investigación
biomédica en seres humanos debe ir precedido de una minuciosa
evaluación de los riesgos predecibles en comparación con los beneficios
previsibles para el participante o para otros. La preocupación
por el interés del individuo debe siempre prevalecer sobre los
intereses de la ciencia y de la sociedad.
6. Siempre debe respetarse
el derecho del participante en la investigación a proteger su
integridad. Deben tomarse todas las precauciones del caso para
respetar la vida privada del participante y para reducir al mínimo
el impacto del estudio en la integridad física y mental del participante
y en su personalidad.
7. Los médicos deben abstenerse
de emprender proyectos de investigación en seres humanos a menos
que tengan la certeza de que los peligros que entrañan se consideran
previsibles. Los médicos deben interrumpir toda investigación
si se determina que los peligros sobrepasan los posibles beneficios.
8. Al publicar los resultados
de su investigación, el médico está obligado a mantener la exactitud
de los resultados. Los informes sobre investigaciones que no se
ciñan a los principios descritos en esta Declaración no deben
ser aceptados para su publicación.
9. En toda investigación en
seres humanos, se debe dar a cada posible participante suficiente
información sobre los objetivos, métodos, beneficios previstos
y posibles peligros del estudio y las molestias que puede acarrear.
Se le debe informar que es libre de abstenerse de participar en
el estudio y que es libre de revocar en cualquier momento el consentimiento
que ha otorgado para participar.
10. Al obtener el consentimiento
informado para el proyecto de investigación, el médico debe ser
especialmente cuidadoso para darse cuenta si en el participante
se ha formado una condición de dependencia con él o si consiente
bajo coacción. En ese caso el consentimiento informado debe obtenerlo
un médico que no tome parte en la investigación y que tenga completa
independencia de esa relación oficial.
11. En el caso de incapacidad
legal, el consentimiento informado debe obtenerse del tutor legal
de conformidad con la legislación nacional. Cuando la incapacidad
física o mental hacen imposible obtener un consentimiento informado,
o cuando el participante es menor de edad, un permiso otorgado
por un pariente responsable reemplaza al del participante de conformidad
con la legislación nacional.
Cuando el menor de edad está de hecho capacitado para otorgar
su consentimiento, debe obtenerse además del consentimiento por
parte del menor, el consentimiento otorgado por su tutor legal.
12. El protocolo de investigación
debe siempre contener una declaración de las consideraciones éticas
que van aparejadas y debe indicar que se cumple con los principios
enunciados en la presente Declaración.
Ir
al principio
II. INVESTIGACION
MEDICA COMBINADA
CON ATENCION PROFESIONAL (Investigación clínica)
1. En el tratamiento de la
persona enferma, el médico debe tener la libertad de usar un nuevo
método diagnóstico y terapéutico, si a su juicio ofrece la esperanza
de salvar una vida, restablecer la salud o aliviar el sufrimiento.
2. Los posibles beneficios,
peligros y molestias de un nuevo método deben compararse con las
ventajas de los mejores métodos diagnósticos y terapéuticos disponibles.
3. En cualquier investigación
médica, a todos los pacientes --incluidos aquéllos de un grupo
de control, si los hay--se les debe garantizar el mejor método
diagnóstico y terapéutico probado.
4. La negativa del paciente
a participar en un estudio no debe nunca interferir en la relación
médico-paciente.
5. Si el médico considera esencial
no obtener el consentimiento informado del individuo, él debe
estipular las razones específicas de esta decisión en el protocolo
que se enviará al comité independiente (I.2)
6. El médico puede combinar
la investigación médica con la atención profesional, con el propósito
de adquirir nuevos conocimientos, sólo en la medida en que la
investigación médica se justifique por su posible valor diagnóstico
o terapéutico para el paciente.
Ir
al principio
III. INVESTIGACION
BIOMEDICA NO TERAPEUTICA
EN SERES HUMANOS (Investigación biomédica no clínica)
1. En la aplicación puramente
científica de la investigación médica realizada en un ser humano,
es el deber del médico ser el protector de la vida y de la salud
de esa persona en la cual se lleva a cabo la investigación biomédica.
2. Los participantes deben
ser voluntarios, ya sea personas sanas o pacientes cuyas enfermedades
no se relacionen con el diseño experimental.
3. El investigador o el equipo
investigador debe interrumpir la investigación si a su juicio
continuar realizándola puede ser perjudicial para la persona.
4. En la investigación en seres
humanos, el interés de la ciencia y de la sociedad nunca debe
tener prioridad sobre las consideraciones relacionadas con el
bienestar de la persona.
Ir
al principio
Source: Pautas Eticas
Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica
en Seres Humanos. ISBN 92 9036 056 9. Consejo de Organizaciones
Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS), 1993, Ginebra,
pp.53-56.
Volver
a Pautas Eticas Internacionales |