Política universitaria para avanzar en la incorporación de los pueblos indígenas, sus culturas y lenguas en la Universidad de Chile

2 POLÍTICA UNIVERSITARIA PARA AVANZAR EN LA INCORPORACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, SUS CULTURAS Y LENGUAS EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE I. Introducción Con fecha 26 de septiembre de 2019 en su sesión plenaria N°551 el Senado Universitario de la Universidad de Chile aprobó por unanimidad de los presentes el “ Informe de la Comisión de Desarrollo Institucional: Sobre Estrategias para avanzar en la incorporación de los Pueblos Indígenas, sus culturas y lenguas en la Universidad de Chile ”. Producto del proceso de discusión participativo y analítico es que surgió la presente propuesta de Política Universitaria. La Política Universitaria fue aprobada por el Senado Universitario con fecha 10 de octubre de 2019 en Sesión Plenaria Nº 553. Nuestra Casa de Estudios se define como una institución de educación superior del Estado, de carácter nacional y público 1 , al servicio del país, asumiendo con vocación de excelencia la formación de personas y la contribución al desarrollo espiritual y material de la nación 2 . En función de este importante rol la Universidad se ha convertido en un espacio de reflexión y pensamiento orientado a encontrar respuestas a problemas cada vez más complejos, propios de sociedades diversas cuyas democracias se consolidan, y que exigen un reconocimiento adecuado de sus derechos. Los Pueblos Indígenas, como agrupaciones con preexistencia territorial a los Estados, deben gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación 3 . Es así como sus derechos han sido recogidos en diferentes instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, que han reconocido, entre otros: (i) la existencia de los Pueblos Indígenas como grupos con condiciones económicas, culturales y sociales distintas al resto de la colectividad nacional 4 ; (ii) la obligación de los estados de promover, proteger y respetar los derechos fundamentales con igualdad y sin discriminación arbitraria hacia los miembros de dichas colectividades; y (iii) la consideración de los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales específicas de los Pueblos Indígenas en el ejercicio de dichos derechos. La Universidad es un espacio público que, por definición, debe reconocerse como pluralista, sin responder a una sola concepción cultural o étnica. A la luz de lo anterior y de los avances en el reconocimiento de los Pueblos Indígenas en el plano internacional y su correlato en el plano nacional, es que la Universidad (consciente de su rol público) ha generado un espacio de reflexión comunitaria en torno al reconocimiento de los Pueblos Indígenas como parte importante de la sociedad, pero también de su propia comunidad universitaria. La Universidad ha marcado un estándar importante al promover este diálogo que traduce su voluntad de escuchar sin sesgos, relevando que la comprensión de otras formas de relación, expresión y convivencia deben ser asumidas desde ópticas diversas, muchas veces poco comprendidas desde la cultura occidental, pero que tienen un sustento ancestral, cultural y político para los Pueblos Indígenas. Esta política es una expresión de ese espacio y reconocimiento, pero también del compromiso que la Universidad de Chile asume como promotora de lugares diversos y pluralistas, siendo capaz de reconocer, recoger y actuar en la 1 Artículo 1° del Estatuto Institucional (Decreto con Fuerza de Ley Nº 3, de 10 de marzo de 2006, del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial de 2 de octubre de 2007, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N°153, de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile). 2 Artículo 2°, inciso segundo del Estatuto Institucional. 3 Artículo 3º, Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 4 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas (2007).

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