Dirección de Bienestar Estudiantil - Memoria 2010-2014 - page 21

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Memoria Dirección de Bienestar Estudiantil- Universidad de Chile
Servicio Médico y Dental de Alumnos (SEMDA)
Asegurando la salud estudiantil |
MISIÓN
“El Servicio Médico y Dental de los Alumnos es el
organismo oficial de la Universidad destinado a dar solución
a los problemas de salud de éstos, en la medida que sus
recursos lo permitan”
(Decreto Universitario N° 1.952 artículo
1° del 4 de junio de 1985).
SEMDA cuenta con una sede central y tres consultorios
ubicados en campus universitarios, donde se atiende de lunes
a viernes entre 8:30 y 17:00 hrs. en forma contínua:
SEMDA Central:
Av. La Paz 1002, Independencia. Fono (56
2) 2 9788970,
SEMDA Campus Sur:
Santa Rosa 11315, P. 32, La Pintana.
Fono (56 2) 29785819,
SEMDA Campus Beauchef:
Av. Blanco Encalada 2065,
Santiago. Fono (56 2) 29784918,
SEMDA Campus Juan Gómez Millas:
Av. Capitán Ignacio
Carrera Pinto 1025, Ñuñoa. Fono (56 2) 29787471,
De los Beneficiarios:
son Beneficiarios del Servicio (artículo
6°, D.U. 1.952):
a) Estudiantes
regulares de carreras o programas de pregrado.
b) Estudiantes
regulares de programas de postgrado que
conduzcan directamente a la obtención del grado académico
de Magíster o Doctor.
c) Estudiantes
regulares de cursos de Especialización de
Postítulo, que reúnan los siguientes requisitos:
1.- Que hayan pagado la matrícula correspondiente.
2.- Que el curos tengo un programa permanente y de
ofrecimiento continuo, con una duración mínima de un año.
Los servicios destinados a atender necesidades primarias
de salud médica, dental y mental de sus estudiantes son los
siguientes:
Atención Médica y especialidades
Medicina General, Cirugía General, Traumatología y
Ortopedia, Oftalmología, Ginecología y Obstetricia, Matrona
(consejerías en VIH, Infecciones de transmisión sexual (ITS),
Enfermedades de transmisión sexual (ETS) de hombres
y mujeres; realización de examen de citopatología (PAP),
tratamiento de anticoncepción, entrega de píldora de
anticoncepción de emergencia (PAE), atención de estudiantes
embarazadas,
Kinesiología,
Nutricionista;
Trastornos
alimentarios, Fonoaudiología, Laboratorio de Otoneurología:
exámenes de VIII Par, Impedanciometría, Audiometría.
Atención de Enfermería
Control de signos vitales, curaciones generales, tratamientos
inyectables, entrevistas, consejerías.
Atención Dental
Operatoria, Cirugía Dental, Endodoncia, Radiología Dental.
Atención Salud Mental
Psicología, Psiquiatría, Talleres Grupales.
Botiquín
Entrega de medicamentos según arsenal farmacológico
básico, se dispone de antiinflamatorios, analgésicos,
antiespasmódicos,
antibióticos,
colirios,
corticoide,
antivirales, antigripales, anticonceptivos, preservativos,
pastas dentales, enjuagues bucales, otros.
Franquicias Médicas y/o Dentales
Franquicia es “la exención total o parcial del costo de las
prestaciones médicas y/o dentales que le corresponde pagar
al estudiante, producto de su situación de vulnerabilidad,
evaluada a partir de las variables socioeconómicas,
académicas y previsionales” (artículo N°8 del D.U. N° 1.952, y
en el D.U. N° 00936). La rebaja total o parcial del arancel que
se cobra en el Hospital Clínico, es asumida por la Universidad
a través de SEMDA. Este mecanismo lo pueden recibir los
alumnos de pregrado.
Las franquicias no sólo se entregan para la atención de salud
que los estudiantes hayan recibido en el Hospital Clínico,
también existen franquicias dentales, las cuales cubren total
o parcialmente el costo de la prestación dental que se da en
SEMDA.
La atención dental es gratuita, aunque los insumos dentales
son costeados por el alumno. En todo caso, considerando que
los valores dentales entregados por SEMDA ya se encuentran
con una subvención importante, en comparación al mercado.
Certificación y peritaje
Destinado a informar del estado de salud mental y física de
alumnos a requerimiento de cada escuela.
Convenio de Atención Médica (Decreto Universitario N° 936
del año 1988), refiere sobre atenciones médicas otorgadas
por el Hospital Clínico Universidad de Chile a estudiantes
de la Universidad derivados por el SEMDA. Se establece
que SEMDA asume el pago de la prestación médica que el
hospital entrega. En el caso de los insumos (ley 18.469), será
el estudiante quien se hará cargo del valor establecido en el
arancel vigente del Hospital.
Hospitalización de Urgencia de Estudiantes (D. U. 1952, en
su artículo 8 letra E), en el Hospital Clínico de la Universidad,
permitiendo “dar prestaciones adicionales a estudiantes de
menores recursos, calificados por el Director de Bienestar
Estudiantil, tales como farmacia, exámenes especializados
que no se efectúan en el Servicio, hospitalización general y de
maternidad en el Hospital Universitario, y otros” (art. 8 D.U.
1.952).
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