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PROPUESTA DEL
SENADO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
PARA LA REFORMA DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
5.
Las universidades que no adhieran a este sistema de gratuidad no podrán op-
tar al beneficio de aportes estatales institucionales.
6.
Las universidades pueden levantar recursos adicionales para financiar proyec-
tos de investigación, desarrollo e innovación provenientes de fondos concursa-
bles, convenios de desempeño, docencia de postgrado, docencia de pregrado
a alumnos internacionales, fondos concursables, venta de servicios, administra-
ción de la propiedad intelectual generada y donaciones.