Debate Universitario N°9 - page 9

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Principales aspectos del Proyecto de
Modificación al Reglamento de Carrera Académica
Por aprobar
Respecto a la Estructura de la Carrera:
• Obligación del ejercicio de la Extensión: no para todas las Jerar-
quías.
• Responsabilidades especiales de los Titulares.
• Proporción máxima de académicos en Carrera Docente.
• Requisitos de permanencia para Asistentes de la Carrera Docente.
• Requisitos de ingreso y permanencia para Titular de la Carrera
Docente.
• Carácter permanente de los Titulares y ausencia de plazo para
Asociados.
• Todas las definiciones de la Categoría Adjunta, incluyendo jerar-
quías y jornada contratada.
Respecto al Proceso de Evaluación
• Obligatoriedad de evaluarse para Instructores y Asistentes.
• Tipos de criterios a considerar en las pautas de evaluación.
• Contenido de los acuerdos adoptados por las Comisiones de
Evaluación.
• Atribución de las Comisiones de requerir información adicional a
quien se estime pertinente.
• Atribución de las Comisiones para informar superación de plazos
de permanencia en la jerarquía.
• Cuota de género para integrantes de las Comisiones Locales.
• Quórum para sesionar y para tomar acuerdos en la CSEA.
• Plazo para presentar apelaciones.
• Protección para período de calificación actual (norma transitoria).
Aprobados
Respecto a la Estructura de la Carrera:
• Se incorporan definiciones precisas de los términos Categoría, Ca-
rrera y Jerarquía.
• Se homologan los nombres de las jerarquías de ambas carreras.
• Se modifican criterios generales para el ingreso/ascenso a las diver-
sas jerarquías de las Carreras Ordinaria y Docente.
• Se incorporan criterios generales para la permanencia (calificación)
de los académicos en Carrera Docente.
• Se regularizan definiciones comunes para académicos de las dos
Carreras.
• Se elimina la jerarquía Ayudante en la Carrera Ordinaria y se crea la
jerarquía de Instructor en la Carrera Docente.
• Se disminuyen los plazos máximos de permanencia para Instructo-
res y Asistentes a 6 y 10 años respectivamente.
Respecto al Proceso de Evaluación
• Se reemplazan criterios generales ambiguos, previamente definidos
en el artículo 17.
• Se incorpora la existencia de pautas de evaluación, con criterios más
específicos por área del conocimiento. En ningún caso se termina
con la evaluación por pares. Dichas pautas serán propuestas por las
Comisiones Locales de Evaluación y deberán ser aprobadas por el
respectivo Consejo de Facultad y finalmente ratificadas por el Con-
sejo de Evaluación.
• Se mejora la transparencia del proceso de evaluación exigiendo más
precisión tanto en las actas como en las comunicaciones con los aca-
démicos.
• Se limita la reelección de los integrantes de las Comisiones de Eva-
luación.
• Se limitan las postergaciones/atrasos de las evaluaciones.
• Se modifica el número de integrantes de la Comisión Superior de
Evaluación Académica (CSEA), así como una cuota de género y el
procedimiento para su nominación.
• Se faculta al académico que se evalúa a presentar su propio caso a la
CSEA, si así lo requiriera.
• Se faculta a la CSEA a invalidar eventualmente decisiones de las Comi-
siones Locales en caso de transgresiones graves al reglamento.
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