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fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con

discapacidad. (Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y protocolo

facultativo. ONU)

Dentro de estos ajustes, se considera la incorporación de innovaciones y adecuaciones

curriculares, de infraestructura, capacitación y sensibilización que permitan la educación

inclusiva. El año 2008 Chile ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los

derechos de las personas con discapacidad (“la Convención”) y su protocolo facultativo,

implicando el cambio de ciertas definiciones referidas al enfoque biomédico de

discapacidad presente en la legislación nacional precedente, la Ley N°19.284 aprobada en

1994. Este cambio significó la incorporación de una mirada contextual más amplia en la

concepción de discapacidad, que entonces se comenzó a concebir como un problema no

solo individual, sino también familiar y social, adquiriendo ribetes políticos desde la

perspectiva de los derechos humanos.

La Ley N°20.422, 2010

. Se trata de la actual ley de discapacidad en Chile que “establece

Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con

Discapacidad”. Esta ley responde a los nuevos lineamientos en la materia, a nivel

internacional y nacional y a los datos obtenidos del Estudio Nacional de la Discapacidad

(ENDISC) desarrollado el año 2004 en conjunto entre el Fondo Nacional de Discapacidad

(FONADIS) y el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Se reconoce la necesidad de

abogar por la gradual eliminación de los obstáculos en la integración plena de las personas

en situación de discapacidad. Es relevante señalar que esta ley en su art. 8° establece que a

fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas en situación

de discapacidad, se deben tomar medidas contra la discriminación, las que consistirán en

exigencias de accesibilidad, realización de ajustes necesarios y prevención de conductas de

acoso, tomando medidas de prevención y rehabilitación de la discapacidad. Se entiende

por prevención de la discapacidad a

Toda acción o medida, pública o privada, que tenga por finalidad impedir o evitar que una

persona experimente una deficiencia que restrinja su participación o limite su capacidad

de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, así como impedir que ésta