UNIVERSIDAD DE CHILE
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10. Será obligación del funcionario dar cuenta en el acto a su jefatura inmediata, cuando no sepa
utilizar el elemento o equipo de protección personal.
11. En el caso de recambio del elemento o equipo de protección personal por deterioro, el
funcionario está en la obligación de entregar el anterior por uno nuevo. En caso de pérdida
sea o no intencional, la reposición será de cargo del funcionario, debiendo quedar registrado
en un documento la recepción de los elementos o equipos de protección personal que
entregue la Universidad de Chile.
12. Velar por el buen estado de funcionamiento, uso y limpieza de las maquinarias, equipos,
implementos y herramientas que utiliza para efectuar su trabajo.
13.Utilizar los escritorios y casilleros individuales exclusivamente para los fines a que están
destinados, evitando almacenar en ellos restos de comida, desperdicios, etc. con la
obligación de mantener su área de trabajo siempre limpia y en orden, depositando los
desperdicios exclusivamente en los lugares y receptáculos habilitados al efecto.
14.Dar aviso a su jefe directo de toda condición insegura en las instalaciones, maquinarias,
equipos, herramientas o ambiente en el cual trabaja y que pueda constituir riesgos para las
personas, con el fin que esta situación anormal pueda ser corregida a la brevedad.
15.Dar aviso inmediato a su jefe directo cuando se haya utilizado un extintor o cuando indique
falta de presión.
16.Contar con un adecuado sistema de ventilación para lugares en que se trabajen con
sustancias cancerígenas, tales como la formalina. Los lugares que excedan los niveles de
concentración deberán restringir el acceso con el fin de evitar contaminar a la comunidad
17. Los funcionarios que efectúen alguna reparación, revisión o cualquiera otra labor en que sea
necesario retirar defensas o protecciones deberán reponerlas a su lugar apenas haya
terminado su labor.
18. Será obligación de todos los funcionarios acatar los letreros, afiches y avisos de seguridad, ya
que ellos advierten a los funcionarios de los riesgos posibles de exposición.
19. Será responsabilidad de los funcionarios, cuidar de la buena conservación de los edificios,
instalaciones o servicios, así como del mobiliario, equipos e instrumentos que se utilicen en su
puesto de trabajo y en todo el establecimiento.
20. Los jefes inmediatos, serán responsables de la instrucción sobre prevención de riesgos,
supervisión y control del uso oportuno y correcto de los elementos de protección personal y de
la aplicación de normas y reglamentos que señale un Profesional Experto en Prevención de
Riesgos, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad y/o el Organismo Administrador.
21. Al término de cada etapa de la jornada de trabajo, el operador o encargado de una máquina,
deberá desconectar el sistema eléctrico que la impulsa para prevenir cualquier emergencia.
22.Dar la alarma o aviso inmediato a Portería, cuando verifique el inicio o la presencia de un
incendio.
23.Cumplir con lo dispuesto en el plan de evacuación, en caso de siniestro.
24.Todo funcionario que sufra un accidente laboral, dentro o fuera del lugar de trabajo, con o sin
lesiones, deberá dar cuenta inmediatamente a su jefe directo, para seguir con el
procedimiento establecido. En caso de que el accidentado no pueda dar aviso por
consecuencias del accidente, podrá hacerlo un compañero directo del trabajo, un integrante
del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del organismo donde desempeña funciones,
dentro de un periodo no mayor a 24 horas de ocurrido el siniestro.
25.Cada jefe de cualquier unidad, ya sea laboratorio, bodega, oficina u otro similar, será
responsable de que el área que se encuentra a su cargo, cuente con protocolos de riesgo y/o
matriz de identificación de peligros. Para la elaboración de estas matrices, se debe contar con
la asesoría de un profesional experto en prevención de riesgos.
26.Los residuos domésticos y residuos resultantes de la investigación, considerados
peligrosos, ya sean de carácter químico, orgánico, inorgánico, sólido, líquido, biológico,
putrescible, imputrescible o cortopunzante, deberán eliminarse en forma y condiciones que
determinan las leyes y reglamentos especiales vigentes o que se dicten en el futuro sobre
la materia.
27.Los residuos punzantes o cortantes, deberán ser eliminados en recipientes imperforables,
de material rígido y de color amarillo.
28.Debiera tenerse afianzados al muro libreros, estantes, archiveros, cilindros de gas y, en
general accesorios y muebles de oficina y laboratorio, para prevenir caídas. Las
estanterías de los laboratorios deben contar con dispositivo de seguridad para evitar que se
viertan en caso de sismo o por causas fortuitas.
29.Elpersonal que manipule los residuos sanitarios, deberá estar inmunizado frente a la
hepatitis B y el tétanos y utilizar guantes para impedir pinchazos y heridas.
30.Los ascensores deberán tener suficiente garantía de solidez y seguridad, llevando grabado
el peso máximo que pueden soportar. Todo ascensor debe contar con un servicio de